“Cada uno debería ser el cambio que desea realizar en el mundo.”
M. Gandhi 1869-1948
Estudio del Presupuesto y su planificación
El presupuesto público es el instrumento legal que limita la acción del Estado para el cumplimiento de los planes, mediante el cual se determinan los ingresos, los gastos y las fuentes de financiamiento de los recursos, en un período determinado, para cumplir con los fines del Estado.
El presupuesto aprobado anualmente por ley, rige la administración económica y financiera del Estado. Se trata entonces, de la ordenación racional de la actividad financiera del Estado, es una estimación anticipada anual, de los ingresos y los egresos del Estado para la satisfacción de las necesidades públicas. El presupuesto autoriza a gastar lo que fue previsto.
El monto del presupuesto, comprende los ingresos y gastos, donde los gastos no podrán exceder el total del presupuesto de ingresos, ya que no se puede gastar lo que no se tiene, porque conllevaría a un endeudamiento o a un presupuesto no ejecutable.
El presupuesto de Ingresos, debe contener la enumeración de los diferentes ingresos, las cantidades estimadas para cada uno de ellos en el ejercicio fiscal, siendo suficientemente específicas para identificar las fuentes, por último, toda partida debe estar representadas por una cifra numérica.
El presupuesto de Egresos, se clasifica por organismos ejecutores y por sectores, conforme a lo establecido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y cada organismo se subdividirá en programas y proyectos. Cada programa y proyecto debe describir su vinculación con las políticas contenidas en dicho Plan, diferenciándose los objetivos, metas y sus respectivos créditos presupuestarios. Debe contener también los gastos corrientes, de capital. Para cada crédito presupuestario se establece su objetivo específico, y los resultados concretos que espera obtener, expresados estos en términos cuantitativos.
El ejercicio presupuestario se inicia cada 1° de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.
Estructura de la Ley de Presupuesto
El presupuesto es una Ley presentada por el Ejecutivo Nacional, antes del 15 de octubre de cada año y debe ser acompañada por una exposición de motivos, a la Asamblea Nacional para su debida aprobación. Está estructurada de la siguiente manera:
Título I, contiene las disposiciones generales, en especial normas que se relacionan directa y exclusivamente con la aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto del cual forman parte. Es decir no contiene disposiciones de carácter permanente, ni reforma, ni deroga leyes vigentes, ni crea, modifica o suprime tributos u otros ingresos.
Título II, contiene el presupuesto de ingresos y gastos y las operaciones de financiamiento de la República.
Título III, contiene los presupuestos de ingresos y gastos y las operaciones de financiamiento de los entes descentralizados funcionalmente de la República sin fines empresariales.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
Esta ley tiene por objeto regular la administración financiera, el sistema de control interno del sector público y corresponde al Ministerio de Finanzas su coordinación. Todo ello en concordancia con lo establecido en el artículo 311 de la Constitución. |
Ampliando horizontes
M. GANDHI. (1869-1948). Político, Abogado y pensador hindú. Fue una figura prominente del movimiento nacionalista de India. Instauró nuevos métodos de lucha, rechazando el movimiento armado y predicando la no violencia como medio para resistir al dominio inglés. Llevaba una vida espiritual y austera como predicador, con ayuno y meditación, rehusándose a cualquier posesión terrenal. Vestía como los pertenecientes a las clases más bajas. Jamás aceptó ningún cargo público. Fue asesinado en Nueva Delhi a los pocos meses de que la India se emancipara de la Gran Bretaña.
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